En el marco del proceso constitucional, en su calidad de coordinador de las confesiones religiosas de mayor representación en el país, el obispo Juan Ignacio González participó como invitado en una sesión de la Subcomisión de Principios, Derechos Civiles y Políticos, instancia en la que destacó el valor de la libertad religiosa como base de la democracia.
En representación de diversas confesiones religiosas de Chile y en su calidad de coordinador de las mismas en el marco del proceso constitucional que experimenta el país, el obispo de San Bernardo e integrante del Comité Permanente del Episcopado, Juan Ignacio González, participó como invitado en una sesión de la de la Subcomisión de Principios, Derechos Civiles y Políticos de la Comisión experta que se desarrolló el 24 de abril en la ciudad de Santiago, con el propósito de dar a conocer la opinión de las confesiones religiosas a las que representa para estos efectos, sobre la forma en que debieran considerarse los principios y derechos constitucionales relativos a la libertad religiosa y de conciencia en la propuesta de nueva Constitución. Al respecto, el obispo González valoró la posibilidad de presentarse ante este organismo, destacando que representa cerca del 90% de las espiritualidades presentes en el país.
En su presentación ante esta subcomisión, González manifestó la importancia de que la libertad religiosa y de culto queden expresadas en la nueva carta fundamental, de una manera mucho más acorde con la realidad de nuestro país, considerando la evolución de los derechos fundamentales, de los tratados y de los derechos humanos. “Que el derecho a la libertad religiosa, de conciencia y sus consecuencias quede de manifiesto en la Carta Fundamental, pensamos nosotros, es la base de una verdadera democracia”, afirmó.
En esta instancia, el obispo González, hablando en nombre las confesiones religiosas mayoritarias en el territorio nacional, señaló: “no venimos aquí, por así decirlo, a defender religiones, venimos aquí porque pensamos como piensa el moderno derecho eclesiástico del Estado: (…) para la nación, para todos los países, el hecho religioso constituye un factor social relevante que tiene que ser considerado y eso es lo que hoy día se conoce en el derecho moderno como derecho eclesiástico del Estado, cómo trata el Estado el factor religioso, más allá si se trata de esta confesión o de esta otra, sino de cualquier confesión”.
Fuente: Comunicaciones CECh
CECh, 25-04-2023